El proyecto de ley de la reforma tributaria relacionado al sector inmobiliario contempla las siguientes modificaciones:
- Arriendo con IVA: se resuelve la ambigüedad que existe para que el arriendo de un inmueble sea afecto a IVA. Se establece que para que tenga este tratamiento tributario, el inmueble debe arrendarse con todo lo necesario para que éste sea utilizado para su fin, ya sea vivienda, oficina u otros.
- Habitualidad en venta de bienes raíces: Se modifica que la habitualidad se considera cuando la compra y venta de un inmueble se realiza en un plazo igual o menor a un año, quedando a interpretación del Servicios Impuestos Internos si corresponde considerar al contribuyente como habitual.
- Modificación del crédito especial para las empresas constructoras (CEEC): Actualmente aquellas viviendas cuyo costo de construcción sea igual o menor a UF 2.000, la empresa constructora tiene acceso a pagar menos IVA, llegando a una reducción de hasta el 65% de éste. La modificación que propone la reforma establece que también podrán acceder a este beneficio aquellos cuyo costo sea entre UF 2.000 y UF 4.000, sin embargo, la reducción tiene cómo máximo un 45% del IVA.